miércoles, 21 de diciembre de 2011

LAS RELACIONES ENTRE ABUELOS Y NIETOS DESPUÉS DE UN DIVORCIO

Artículo publicado en La Revista de la Feria del Divorcio el 21 de diciembre de 2011



Me gustaría a través de estas líneas abrir un debate que considero de enorme trascendencia y que no es otro que la salvaguarda de las relaciones afectivas entre abuelos y nietos después de un divorcio.

Actualmente, y debido al aumento de la esperanza de vida, hay cada vez más personas con posibilidad de ser abuelos durante un largo período de tiempo pero, por circunstancias diversas, su contribución a la vida familiar o está desaprovechada o, por el contrario, es excesiva, sobre todo en épocas de crisis como la que estamos atravesando.

Para un niño, probablemente tan sólo sus padres estén por encima de sus abuelos en la jerarquía del afecto, ya que éstos son auténticos libros vivientes que les transmiten conocimientos y les inculcan valores. Esta última función es especialmente importante en nuestros días puesto que, al pertenecer a una generación con menos fracasos conyugales, están en condiciones de ayudar tanto a sus hijos como a sus nietos a comprender algunos principios ya olvidados y, sin embargo, esenciales para disfrutar de una buena convivencia.

El gran problema llega cuando los padres se separan, ya que los niños suelen perder en la práctica dos abuelos, generalmente los paternos. Para la esposa divorciada, la ruptura conlleva la consecuencia lógica de cortar o, en el mejor de los casos, reducir, la relación con sus suegros como medida adicional para enterrar cualquier vínculo con su pasado. Por lo tanto, no es infrecuente que se impida a la familia de los ex cónyuges visitar a los más pequeños y, así, la lista de víctimas de esta realidad tan dolorosa se amplía.

Hasta hace menos de una década, las relaciones entre los abuelos y los nietos después de un divorcio apenas merecían una mención residual que las englobaba a las de otros parientes y allegados y en  la que no se destacaba la trascendencia de la relación intergeneracional.  Hasta la aprobación de la Ley 42/2003 no gozó de un tratamiento diferenciado, ya que con dicha norma jurídica se pretendía la consecución de un doble objetivo: por un lado, "singularizar desde un aspecto sustantivo, de forma más explícita y reforzada, el régimen de relaciones entre abuelos y nietos, tanto en el caso de ruptura familiar como en el caso de simple dejación de obligaciones por parte de los progenitores" y, por otro, "atribuir a los abuelos una función relevante en el caso de abandono de los padres de las obligaciones derivadas de la patria potestad".

Sin embargo, algunas voces afirman que, si bien por un lado el mantenimiento de la relación entre abuelos y nietos es natural, por otro la pura lógica legal se opone a que persistan vínculos derivados de un matrimonio declarado disuelto, de tal manera que, mientras unos juristas están a favor de reconocer este derecho pensando en el bien de los niños, otros lo  consideran una intromisión en los asuntos familiares y una dificultad añadida a la hora de cerrar la herida abierta tras la separación matrimonial.

En mi opinión, y aunque siempre sea un buen momento para acercar posturas enfrentadas, tal vez estas fechas navideñas sean, si cabe, todavía más propicias para que las parejas divorciadas den la talla y piensen en beneficiar sentimentalmente a esos seres tan queridos que son sus padres y sus hijos.

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