martes, 7 de febrero de 2012

DIVORCIOS DE CONVENIENCIA: ¿UN FENÓMENO QUE VA EN AUMENTO?


Artículo publicado en La Revista de la Feria del Divorcio el 7 de febrero de 2012


Hasta hace bien poco, las personas nos habíamos acostumbrado a recurrir al concepto de matrimonio de conveniencia para definir el casamiento fraudulento contraído en ausencia de vínculo sentimental entre los contrayentes para, fundamentalmente, obtener beneficios jurídicos, económicos o sociales. En 1990, una película del mismo título -protagonizada por Andie MacDowell y Gérard Depardieu- obtuvo una notable repercusión abundando, precisamente, en esta opción que, aún a día de hoy y a pesar de su prohibición, sigue teniendo lugar en determinados países.

Tampoco resultaba infrecuente oír en conversaciones a pie de calle –y más ahora, que se inicia el plazo de preinscripción escolar- diversas anécdotas relativas al cambio de domicilio de los niños con el único objetivo de asegurarles una plaza en el colegio de su preferencia, aunque para ello sus progenitores llegasen al extremo de simular una falsa separación matrimonial que, una vez inscrito el hijo, se transformaba en sorprendente reconciliación como por arte de magia.

Pues bien. En este momento, otro fenómeno al alza es el relativo a los divorcios de conveniencia. Hace apenas un año, ya hubo un precedente cuyos protagonistas fueron el mandatario guatemalteco Álvaro Colom y su entonces esposa Sandra Torres. En su caso, la disolución del vínculo se produjo por motivos políticos, ya que la Constitución de Guatemala prohíbe que los familiares del más alto dignatario puedan sucederle en el cargo y la señora de Colom aspiraba en las pasadas elecciones de 2011 a la Presidencia del país. Finalmente, salvaguardando la innegociable higiene democrática, los Tribunales estatales no admitieron semejante fraude de ley y frenaron las aspiraciones de tan peculiar dama al cargo.

Dicho esto, en lo que pretendo centrarme es en la deriva surgida de este fenómeno como consecuencia de la feroz crisis económica que nos acucia. Estoy hablando de parejas asfixiadas por las deudas que fingen una ruptura para salvar de los embargos judiciales sus bienes más valiosos, principalmente, el domicilio conyugal. Así, mientras una de las partes asume las deudas y algunas pertenencias sobrevaloradas, la otra pone a buen recaudo el patrimonio más relevante. El trámite es simple y rápido. Basta con hacer dos lotes de gananciales, firmar el documento correspondiente y presentarlo en el juzgado. La pareja se divorcia legalmente y listo. Sin embargo, el hecho cierto es que ambos siguen conviviendo y, con permiso de los detectives privados contratados por los acreedores burlados, nadie tiene por qué enterarse. Además, en caso de ser descubiertos, ¿quién puede reprocharles que se den una segunda oportunidad?

Pero, claro, nada es tan sencillo como parece y ésta no iba a ser la excepción. Obviamente, existen cuestiones técnicas ineludibles para salvaguardar el equilibrio y dotar al procedimiento de cierta credibilidad, sin olvidar ulteriores obligaciones fiscales. Para ello, resulta básico el asesoramiento de un buen profesional. En caso contrario, se estaría coqueteando con la ilegalidad y hasta con el delito y no olvidemos que la mentira tiene las patas muy cortas.

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